Las asociaciones de Viana se reorganizan para que Fuente Vieja tenga local

Nabai
informó en el pleno de que se ha logrado un acuerdo tras varias reuniones con colectivos
c.s. - Domingo, 25 de Marzo de 2012 - Actualizado a las 05:11h

estela-lizarra. El grupo municipal de NaBai en Viana informó en el último pleno de que tras reunirse con las diferentes asociaciones de la ciudad se ha logrado reorganizar los espacios que utilizan, de manera que la Asociación de Vecinos Fuente Vieja tenga cabida en los antiguos juzgados, edificio en el que se ubican los colectivos.
NaBai señaló que esto es posible "dada la buena disposición por parte de las asociaciones deportivas Club Ciclista Vianés Aike y Viana Treking en compartir local dada la similitud en cuanto a las actividades que realizan y la disposición de la Asociación Cultural Gazteberri a compartir local con Fuente Vieja". Además, el Pleno acordó que el alcalde, Gregorio Galilea, redacte un decreto en el que se dé un plazo de 15 días al Club Ciclista Aike para que desaloje el local que ocupa y se traslade al de Viana Treking y que el Ayuntamiento autorice a Fuente Vieja a compartir el local con Gazteberri.


Enlace noticia de diario de noticias.

Diez ayuntamientos piden restablecer el autobús interhospitalario a Pamplona


Enlace noticia de diario de noticias.

Desde Nabai lamentamos que el ayuntamiento de Viana no este entre los ayuntamientos que piden restablecer el autobús debido a que tanto Psn como Upn votaron en contra de nuestra moción para tal fin.

RESUMEN PLENO ORDINARIO MARZO.

-Aprobación acta sesión anterior.
 Aprobada con todos los votos a favor.

-Constitución derecho de superficie a favor de la comunidad de propietarios calle las cruces nº41.
  Aprobada con todos los votos a favor.

-Adjudicación contrato gestión instalaciones deportivas "Príncipe de Viana".
 Adjudicada a grupo Sapje para 10 años con todos los votos a favor.

-Instancia bodegas Ondarre.
 Aprobada con todos los votos a favor.

 
-Dentro del turno de ruegos y preguntas, el grupo municipal NABAI VIANA después de varias reuniones con las asociaciones deportivas y culturales de la ciudad, para alcanzar un acuerdo entre todos los colectivos, con el fin de dar cabida a la asociación de vecinos FUENTE VIEJA en los locales existentes.

PROPONE.:

Que dada la buena disposición por parte de las asociaciones deportivas, Club ciclista AIKE y VIANA TREKING en compartir local dado la similitud en cuanto a las actividades que realizan y por otro lado la disposición de la asociación cultural GAZTEBERRI a compartir local con la asociación de vecinos FUENTE VIEJA.

1º Que mediante decreto de alcaldía se les de un plazo de 15 días al CLUB CICLISTA AIKE para que desalojen el local que ocupan ahora y pase al de VIANA TREKING todas sus cosas y entregue las llaves del local al Ayuntamiento.

2º Que el ayuntamiento mediante el mismo decreto conceda la ocupación del local a la asociación de vecinos FUENTE VIEJA a compartir con GAZTEBERRI.

Dicha propuesta fue trasladada al grupo de gobierno que acepto este planteamiento.
Desde Nabai podemos decir que la Asociación de vecinos Fuente Vieja dispondrá de local en un plazo de unas dos semanas y queremos agradecer la buena predisposición de las asociaciones deportivas y culturales implicadas.



CONVOCATORIA DE SESION 21 DE MARZO A LAS 20 HORAS.

Orden del día:
-Aprobacion acta sesion anterior
-Constitucion derecho de superficie a favor de la comunidad de propietarios c/las cruces nº41
-Adjudicacion contrato gestion instalaciones deportivas "Principe de Viana".
-Instancia bodegas Ondarre.
-Ruegos y preguntas.

Os esperamos en el pleno. ESKERRIK ASKO.

LA DESINFORMACIÓN DE UPN VIANA EN SU BLOG.


 A la vista de la última noticia publicada por Upn en su blog (en azul noticia de Upn):

Desestimado el recurso del PSN sobre la moción del sueldo del alcalde de Viana

Desde UPN VIANA estamos muy satisfechos que se haya desestimado el recurso de alzada que presentó el PSN de Viana contra la urgencia de la moción de bajada del sueldo del alcalde que presento UPN y NABAI en el pleno del 11 de agosto.


Estamos muy contentos con el gabinete jurídico de UPN, que son en los que hemos confiado para llevar este caso y a tenor del resultado su actuación ha sido satisfactoria.
Desde UPN-Viana recordar que seguiremos trabajando por todo lo que nos parezca justo y seguiremos denunciando todo lo que veamos injusto, aunque parezca insignificante.

Desde Nabai Viana queremos salir al paso de esta información publicada en el blog de UPN VIANA para aclarar algunos aspectos ya que no se ajustan en nada a la realidad.

La moción para determinar el regimen de dedicacion y retribuciones de los corporativos, presentada por NABAI VIANA (llamada por UPN la del sueldo del alcalde de  Viana ) fue una moción trabajada íntegramente por NABAI y en la cual Upn en un principio no quería figurar, ya que no querían aparecer junto a NABAI VIANA bajo ningún concepto por el miedo que les daba que se les visualizase junto a nosotros.

 Hasta que llegado el día del pleno vista la buena labor realizada por NABAI en cuanto a la argumentación y redacción de la misma, los regionalistas decidieron que si no figuraban en dicha moción no la apoyarían. Nos parece muy feo por parte de Upn querer aprovecharse ahora del trabajo de los demás.

 Pero lo más grave de esto no queda aquí, pues Upn comenta que están contentos con el gabinete jurídico de Upn por su labor ¿que labor?. Señores sean sinceros con los Vianeses y cuenten las cosas como son. Upn no hizo absolutamente nada ni en Pamplona ni en Viana. ¿Que hizo su gabinete jurídico? las únicas alegaciones al recurso del Psn fueron las presentadas por NABAI VIANA EL DIA 25 DE ENERO DE 2012. Es mas para que Upn se personarse en la causa su única labor fue firmar los documentos realizados por NABAI VIANA.

La sentencia favorable a la moción se basa en la argumentación esgrimida por NABAI en el pleno para justificar su urgencia, así como lo esgrimido en el debate posterior por su portavoz y a los nueve folios en los cuales constan las alegaciones presentadas por NABAI VIANA en el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA.

Donde están las alegaciones del gabinete jurídico de UPN?  Las alegaciones de Upn no figuran en toda la sentencia y esto se debe a que Upn y su gabinete jurídico no presento ni una sola alegacion ni un solo folio absolutamente nada de nada. ¿Saben por que? sencillamente por que la moción no era suya y no la trabajaron.

Ahora hasta dudamos de si saben realmente de que va todo esto.

Así que dejen de arrogarse el trabajo de los demás.

RESOLUCION DEL TAN SOBRE EL SUELDO DEL ALCALDE.


RÉGIMEN DE DEDICACIÓN Y RETRIBUCIONES EN EL AYUNTAMIENTO DE VIANA :

EL TAN DA LA RAZÓN A NABAI Y DESESTIMA EL RECURSO DE ALZADA DEL ALCALDE Y DEL GRUPO DE PSN


EL ALCALDE, en particular, y todo el grupo, en general, deberán acatar la admisión a trámite de la moción urgente sobre determinación del régimen de dedicación y retribuciones de los corporativos


El 11 de agosto de 2011, en Pleno Ordinario, el grupo municipal de Nafarroa Bai de Viana presentó una moción “a efectos de determinar los cargos a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva así como las cuantías de la retribución y de las asistencias a percibir por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la corporación para la legislatura 2011-2015”.

Esta moción fue presentada como de urgencia, “más que justificada”, alegan desde NaBai y así parece asumirlo el propio TAN, y fue aprobada con la mayoría suficiente, “absoluta”, del Pleno: seis votos a favor por parte de NaBai y UPN; cinco en contra, de los cinco representantes de PSN. Por lo tanto, con el mencionado resultado, el Pleno tomo el acuerdo literal de:

           1º.- Establecer el desempeño del cargo de Alcaldía del Ayuntamiento de Viana en régimen de dedicación exclusiva determinando como retribución anual por el mismo, la cantidad de  27.580,00 euros mas la seguridad social correspondiente, que se abonara en 14 pagas; imputándose el gasto a las partidas correspondiente de los presupuestos.

            2º.- Determinar que los miembros de la corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial, percibirán, asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones que celebre el pleno, por importe de 100 euros, cuantía bruta a la que se deducirá el correspondiente impuesto sobre la renta de las Personas Físicas; disponiéndose que por la concurrencia efectiva a las sesiones de comisión de las que formen parte percibirán por igual concepto la cantidad bruta de 30 euros.

             3º.- Proceder, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la ley  7/1985, de 2 de abril, a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, así como mediante edictos en el Tablón de Anuncios de esta Entidad; y proceder a la incorporación del mismo en el expediente de su razón.

El grupo del gobierno municipal se negó a asumir aquel resultado e interpuso un recurso de alzada ante el TAN.


A la vista de las alegaciones presentadas por Nabai contra este recurso, el pasado 6 de marzo el TAN se pronunció al respecto:

RESUELVE: Que debe desestimar, el recurso de alzada arriba referenciado, interpuesto por don Gregorio Galilea Arazuri, don Alberto Sáenz Sáinz, doña María Yolanda González Garcia, doña Marta Tejada Arandía, don Fernando Angulo Arnedo, Concejales del Ayuntamiento de Viana, contra la admision a trámite de una moción urgente sobre determinación del régimen de dedicación y retribuciones de los corporativos.

Por lo tanto, en Nafarroa Bai de Viana se felicitan por la resolución del Tribunal Administrativo de Navarra y esperan y confían que el equipo de gobierno proceda cuanto antes con todo lo dispuesto en el acuerdo adoptado.  

Enlace Diario de Noticias. 

Enlace Diario de Navarra. 

REUNION BARRIO DE LA VIZCAINA




TEMA: CONTRATO MANTENIMIENTO ANTENA COLECTIVA.


CONVOCANTE: NABAI.

LUGAR: SALA NAVARRO VILLOSLADA.

DIA Y HORA: VIERNES 9 MARZO 20 HORAS.