BOLETÍN Nº 239 - 30 de noviembre de 2015
- 2. Administración Local de Navarra
- 2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
VIANA
Calendario laboral 2015
De conformidad con la Ley Foral 26/2012, de
26 de diciembre, por la que se modifica la Ley Foral 13/2012, de 21 de
junio, de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las
Administraciones Públicas de Navarra y se establece el cómputo anual de
la jornada de trabajo para los empleados al servicio de las
Administraciones Públicas de Navarra sometidos al ámbito de aplicación
del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas de Navarra,
RESUELVO:
1.–Aprobar
el calendario laboral de días festivos durante el año 2015, en las
Oficinas del Ayuntamiento de Viana, que será el siguiente:
–1 de enero: Año Nuevo.
–6 de enero: Epifanía del Señor.
–19 de marzo: San José.
–2 de abril: Jueves Santo.
–3 de abril: Viernes Santo.
–6 de abril: Lunes de Pascua.
–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
–22, 23, 24 y 25 de julio: Fiestas Patronales.
–15 de agosto: Asunción de la Virgen.
–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
–3 de diciembre: San Francisco Javier.
–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
–25 de diciembre: Natividad del Señor.
Asimismo,
se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2015,
todos los domingos y los días declarados festivos para las oficinas
municipales.
2.–La jornada de trabajo
diaria en las Oficinas del Ayuntamiento de Viana será de 7 horas y 20
minutos de lunes a viernes, 247 jornadas/días, debiendo en función de
las necesidades de los servicios completar hasta el cómputo anual de la
jornada, que está establecida en 1.592 horas, siendo el horario de
trabajo de 7:40 a 15 horas.
3.–El horario de atención al público y de apertura del Registro General queda establecido de 9:00 a 14:00 horas.
4.–Los días 21 de julio, 24 y 31 de diciembre, el horario de oficina será hasta las 13:00 horas.
5.–De
todo ello resulta una bolsa de trabajo a favor de cada trabajador de 15
horas y media a disfrutar, previa solicitud y reconocimiento por parte
de Alcaldía, y siempre sujeto a las necesidades del servicio.
6.–Las vacaciones anuales se podrán disfrutar hasta el 15 de enero de 2016.
Lo
que le comunico a usted para su conocimiento y efectos, advirtiéndole
que contra dicho acuerdo cabe interponer los siguientes recursos:
a)
Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de
esta resolución.
b) Recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra,
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
notificación de esta resolución, o
c)
Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del
mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Viana, 16 de noviembre de 2015.–El Alcalde-Presidente, José Luis Murguiondo Pardo.
Código del anuncio: L1515841
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