La coalición aboga por la reversión de la modificación del artículo 135 y por incluir referencias a los Derechos Humanos Básicos y a la Memoria Histórica
Geroa Bai considera que,
38 años después de la aprobación de la Constitución, es “necesaria” una
reforma constitucional para adaptarla a la realidad de la sociedad
actual. Para la coalición, es “indispensable” que dicha reforma “respete
al máximo la Disposición Adicional Primera, que nos recuerda el
fundamento último de nuestro autogobierno y que es el reflejo de que la
situación de los territorios con Fuero propio es fruto de un pacto de
igual a igual con el Estado”.
Otra de las apuestas de Geroa Bai es
el cambio en la consideración de la actualmente formulada como
Disposición Transitoria IV, “para que se recoja su carácter de
permanente y, al mismo tiempo, articularla como una decisión de carácter
reversible”. “Frente a quienes abogan por la desaparición de dicha
disposición, cercenando derechos a la ciudadanía navarra, en Geroa Bai
creemos que es un instrumento único para dar voz a la sociedad, además
de una herramienta democrática que permite que sean solo los navarros y
las navarras quienes libremente decidan su futuro”.
La coalición aboga también por la
reversión de la modificación realizada por PP y PSOE en el artículo 135
de la Constitución; “una modificación realizada con alevosía y
secretismo para que este texto legal respondiera a las demandas de los
intereses económicos, más que a la mejora de los servicios públicos de
la Administración".
Asimismo, Geroa Bai cree que en una
reforma constitucional debieran incluirse referencias “a los Derechos
Humanos Básicos y a la Memoria Histórica, así como dotar de carácter
vinculante al referéndum consultivo que recoge en su artículo 92 la
actual Constitución, y hacer vinculante el resultado de las consultas
populares de ámbito local”.
Por último, Geroa Bai denuncia “las
reformas encubiertas de la Constitución que se han llevado a cabo a
través de sucesivas reformas legislativas que afectan a competencias que
son nuestras con carácter exclusivo, y que por tanto menoscaban o
limitan nuestra autonomía política y fiscal”, así como “el uso de la
Constitución como argumento último en cualquier caso de conflicto
territorial o competencial, puesto que un texto legal de este tipo es
modificable en tanto en cuanto ha de servir para articular la
convivencia; y porque ha de servir para unir a la sociedad, y no para
dividirla”.
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